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((**Es10.781**) día 15 del mismo mes se reunieron los religiosos Salesianos en el mencionado Colegio de Lanzo para sus acostumbrados ejercicios anuales y el Arzobispo escribió una carta al Vicario Foráneo de Lanzo para que la comunicara al que esto expone, en la que pedía nombre y apellido de los que tomaban parte en los ejercicios y no pertenecían a nuestra Congregación, nombre y apellido de los predicadores y confesores de aquellos ejercicios. El Vicario de Lanzo, persona pía, docta y prudente, procedió con toda caridad, y procuró contentar al Arzobispo, participándole que los predicadores y confesores eran él mismo y don Bosco y ningún otro, y que entre los ejercitantes no había nadie que no perteneciere a la Congregación. No se aquietó, sino que escribió cartas y más cartas, pidiendo lo mismo con otras exigencias y amenazando además con rechazar de las ordenaciones a uno de nuestros clérigos, que hacía dos años había sido admitido para ellas. Por las cartas, que le incluyo, puede V. E. comprender fácilmente el trastorno, el desaliento causado a los predicadores, a los confesores, a los más de trescientos de varias casas nuestras que se habían reunido para hacer pacíficamente sus ejercicios espi rituales. Ante los hechos así expuestos, surgen algunas dudas sobre las cuales suplico a V. E. tenga a bien aconsejarme. 1.¦ Duda: Si tiene autoridad el Ordinario para examinar detalladamente acerca de la vocación a los religiosos profesos, que llevan varios años en la Congregación. (N. B. No se trata del examen sobre materias teológicas, al que nuestros socios se han sometido siempre y de buen grado se someten.) 2.¦ Si el Arzobispo puede prohibir que el Superior de una Congregación Eclesiástica acepte a los clérigos o sacerdotes que lo pidan. 3.¦ Si este superior debe, mejor diría, si puede hacer declaración de no aceptar clérigos en el sentido que se indica. 4.¦ Si el superior de una Congregación, observando lo que prescribe el Concilio de Trento (sesión V, cap. 2) y lo que fue declarado por la Sagrada Congregación de Obispos y Regulares (Collectanea, págs. 257, 313, 303, 430), tiene autoridad para reunir en una de sus casas o colegios y dar conferencias morales o ejercicios espirituales a los maestros o seglares que desean asistir. 5.¦ Si, durante los ejercicios espirituales de los religiosos, puede el Ordinario introducirse por sí o por otros para hacer averiguaciones sobre los predicadores, confesores, y sobre si los ejercitantes pertenecen o no a la Congregación. Cualesquiera sean sus respuestas o consejos sobre las dudas arriba expuestas, le aseguro que los Salesianos las considerarán como un tesoro y los tendrán como norma segura a seguir fielmente. Pues, si por un lado deseo prestar inmutable respeto a la Santa Sede ((**It10.859**)) con la exacta observancia de las Constituciones aprobadas por la misma, por el otro quiero que los Salesianos tengan toda la posible condescendencia con los Ordinarios Diocesanos a cuya ayuda están consagrados. Dígnese, por último, perdonar bondadosamente la molestia que le ocasiono y aceptar los sentimientos de la más profunda gratitud y del mayor respeto, con el que tengo el alto honor de poderme profesar, De V. E. Rvma. Afmo. amigo JUAN BOSCO, Pbro. (**Es10.781**))
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