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((**Es10.716**) tiempo se pudo modificar, añadir o quitar lo que se consideraba útil para la buena marcha práctica del Instituto. 2. Las cartas comendaticias de cuarenta y cuatro Obispos 1 dan su opinión para conseguir el mismo favor. Ellos mismos, al considerar la manera, el tiempo y los medios con que se ha fundado y los frutos espirituales, que por la misericordia del Señor se cosecharon, reconocen en esta Obra la mano de Dios. 3. Si se obtuvieron frutos de bendición con las simples Reglas, hay motivo para esperarlos más abundantes después de las observaciones hechas por la Santa Sede y añadidas a las Constituciones. 4. Dieciséis Casas abiertas en distintas Diócesis piden relaciones estables y determinadas con los respectivos Ordinarios tal y como ellos mismos lo reclaman continuamente. 5. El número de socios casi llega a los trescientos treinta, y son cerca de siete mil los muchachos confiados a sus cuidados; las gestiones, ya casi terminadas, para abrir Casas en América, en Africa y en China, hacen necesaria una regla que libere de la incertidumbre en que vivirían los asociados ante el temor de eventuales modificaciones de la misma. Por el contrario, les produciría gran consuelo e inspiraría en todos gran confianza y aliento, si tuviesen la seguridad de que sus Constituciones están definitivamente aprobadas y que, por consiguiente, ellos están unidos al Vicario de Jesucristo con lazos estables. 6. La necesidad de un Directorio práctico de las Constituciones, lo mismo para lo moral que para lo material. Este es un trabajo muy necesario, que el presbítero Juan Bosco desea ardientemente poder realizar antes de su muerte. 7. Tanto más cuanto que, si se viere la necesidad de modificar algún artículo de las Constituciones, ello podrá realizarse con motivo de la rendición de cuentas que cada tres años se da a la Santa Sede sobre el estado moral, religioso y material del Instituto; o bien en los capítulos Generales, que se celebran cada tres años. En ellos pueden modificarse y añadirse artículos a las Constituciones, aun cuando no tengan fuerza efectiva hasta no alcanzar la aprobación de la Santa Sede. (Véase Regulae, cap. 6, n.° 2; y cap. 7, n.° 6). 8. El vivo deseo de que este gran asunto, el más importante para una Congregación Eclesiástica, se lleve a cabo por los actuales Piadosos, Doctos y Caritativos Eminentísimos Cardenales, que la soberana clemencia del ((**It10.787**)) Pontífice ha elegido para dar sobre esta materia Su Iluminado Parecer. 9. Por último, a fin de que el Santo y Admirable Pontífice, que espiritual y materialmente se dignó cual Padre Amoroso bendecir, proteger y aprobar esta Congregación, sea el mismo que dé a sus Constituciones la definitiva aprobación para mayor gloria de Dios y de la santa Religión Católica, provecho de las almas y gloria de la Sociedad Salesiana. La delicada premura del Santo para llegar a la meta era continua. Por aquellos días volvió a presentar sus respetos, varias veces, a los miembros de la Comisión particular. Sostuvo una entrevista de tres horas con el cardenal Martinelli; 1 Así dice en el original. (**Es10.716**))
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