Regresar a Página Principal de Memorias Biográficas


((**Es9.622**) en esta primera tanda de ejercicios tenidos en 1869, que son los primeros anotados en el citado manuscrito, como resulta de la confrontación hecha con los apuntes tomados por quien oyó al Venerable. Los temas fueron los siguientes: 13 de septiembre, lunes, por la tarde: Introducción, informe histórico sobre la fundación de la Pía Sociedad. 14 de septiembre, martes, por la mañana: Ventajas de quien vive en Congregación. -Por la tarde: Idem. 15 de septiembre, miércoles, por la mañana: Voto de obediencia. -Por la tarde: Obediencia a los Superiores. 16 de septiembre, jueves, por la mañana: Voto de pobreza. -Por la tarde: Los padres. 17 de septiembre, viernes por la mañana: Castidad: medios positivos para conservarla. -Por la tarde: Medios negativos. 18 de septiembre, sábado, por la mañana: Recuerdos. Trabajemos con fe esperanza y caridad con Dios, los superiores, los hermanos y los inferiores. De algunas instrucciones del Venerable podemos ofrecer a los hermanos un resumen algo difuso, con la ayuda de las notas de varios. I OBEDIENCIA De la instrucción de don Bosco sobre la obediencia tenemos esta nota. Don Bosco hizo notar en primer lugar que, bajo el voto de obediencia caen todas las prescripciones dadas por el Superior con la manifiesta intención ((**It9.698**)) de obligar en fuerza del voto, con tal de que no sean contrarias o realmente ajenas al espíritu de las constituciones. Después explicó que el voto de obediencia limita la obligación bajo pena de pecado, más o menos grave, según la materia, y con respecto a que lo mandado por el Superior esté prescrito por los mandamientos de Dios y de la Iglesia. El cuarto mandamiento comprende también con el nombre de padre y madre a los que hacen sus veces con nosotros y que hemos aceptado de Dios por tales con nuestro voto. Sólo el Rector Mayor y el Director pueden mandar a sus súbditos, en virtud de santa obediencia y entonces puede darse el caso de culpa grave. No así cuando el mandato procede de otros superiores, salvo que tal desobediencia escandalizase y produjera daño al súbdito o a otros. Por lo demás, nuestras reglas no obligan bajo pena de pecado. Si uno no hiciese la meditación, la lectura espiritual, el examen de conciencia, la visita a Jesús Sacramentado, si no ayunase el viernes, si no rezara el rosario, si no se confesase cada ocho días, quedaría sin mérito, mas no pecaría, a menos que, con su mal ejemplo, fuera ocasión de relajación en la Comunidad. Y si el escándalo y el daño producido fuera grave, también sería grave la transgresión. (**Es9.622**))
<Anterior: 9. 621><Siguiente: 9. 623>

Regresar a Página Principal de Memorias Biográficas


 

 

Copyright © 2005 dbosco.net                Web Master: Rafael Sánchez, Sitio Alojado en altaenweb.com