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((**Es9.592**) de los adolescentes, es autorizado por un decenio para otorgar ((**It9.663**)) las cartas dimisorias a los alumnos que han ingresado o ingresaren en algún colegio o internado de dicha Congregación antes de los catorce años de edad y, si en adelante se inscriben a su debido tiempo en la Congregación, a fin de que puedan recibir la tonsura y las órdenes menores y mayores; Visto el parecer del Procurador General ante la Audiencia Superior de Turín, según documentos que se acompañan; Oído el Relator, considerando que, como aparece por un certificado del Canciller de la Audiencia Superior de Turín, no hay decreto, disposición u otro documento por el que se pueda argüir que la Pía Congregación, fundada por el presbítero teólogo Juan Bosco, haya sido considerada de algún modo como posesora de personalidad jurídica y que, por tanto, no es el caso de tenerla en cuenta a los efectos de la ley de 7 de julio de 1866; Considerando que la disposición, de que se trata, concede al presbítero teólogo Juan Bosco una facultad que es exclusiva de los Ordinarios, y sustrae a la legítima jurisdicción de éstos a los alumnos de los colegios e internados de la Pía Congregación de San Francisco de Sales por él mismo fundada y dirigida; Que con esto se perturba el normal ejercicio de los Ordinarios, a cuya Diócesis pertenecen los alumnos de dichos colegios e internados y se infringen los estatutos canónicos, cuya rigurosa observancia es obligación y derecho de la potestad civil promover y amparar; Por dichos motivos cree que no se debe conceder el solicitado Regio Exequátur. Una vez visto el contenido de la Resolución Ministerial, que por no querer <>, insinúa que la Pía Sociedad Salesiana <>, no se puede dudar de que una mano perversa conspiraba contra don Bosco y se servía de todos los medios para hundir su institución. Resulta fácil calcular de dónde procedía, quizá con alguna ligereza, esta maniobra, y no hace falta que demos el nombre. Baste ponerlo de relieve para dar una idea cada vez mejor de las dificultades y luchas que debió superar y sostener el Venerable para fundar la Pía Sociedad Salesiana, y para comprender mejor la asistencia especial que en todo momento le otorgaba María Auxiliadora. (**Es9.592**))
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