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((**Es3.239**)((**It3.303**)) CAPITULO XXIX EL ESTATUTO - EMANCIPACION DE LOS JUDIOS - SEGUNDA EDICION DE LA HISTORIA ECLESIASTICA - SU PRUDENCIA AL REFUTAR A LOS PROTESTANTES Y A OTROS ENEMIGOS DE LA IGLESIA - JUICIOSA ADMONICION - SILVIO PELLICO Y EL DICCIONARIO LAS sectas cosmopolitas mantenían los pactos recíprocos e inmediatamente después de los tumultos y destrozos de Francia y Sicilia empezaban las revueltas y los cambios por todos los estados de Alemania con incendios, saqueos y choques entre el pueblo y las tropas. Por doquiera se gritaba libertad. Judíos, socialistas, republicanos, racionalistas, conmovían a la plebe, y millares de estudiantes y trabajadores se lanzaban a la revuelta. Las multitudes desconcertadas, con gobiernos flojos e irreligiosos, y engañadas por los sectarios que les prometían la reivindicación de los derechos que les habían sido arrebatados y con la esperanza de los bienes ambicionados, estaban con ellos. Los feroces motines de Viena arrancaban la Constitución al emperador Fernando I y el Rey de Prusia se veía obligado a concederla a sus pueblos. Mientras tanto en Roma, donde la revolución había pasado de la hipocresía a las amenazas y a la violencia, Pío IX no se encontró con fuerzas para resistir y cedió. El día 14 de marzo otorgaba la Constitución, dejando a salvo todos los derechos de la Iglesia, sus leyes y la integridad del poder temporal. También Carlos Alberto firmaba el 4 de marzo el nuevo Estatuto fundamental del Reino, que fue ((**It3.304**)) solemnemente promulgado desde uno de los balcones del palacio real sobre la plaza Castillo. Las luminarias, las ovaciones, los cantos populares, las fiestas, duraron varios días en Turín y en provincias. A los ochenta y cuatro artículos del Estatuto precedía una afectuosa declaración: <(**Es3.239**))
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