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((**Es19.46**) la mano sobre el pecho; después el delegado, los adjuntos, el fiscal o promotor de la fe, el actuario y el cursor. Estos juraron cumplir su oficio con fidelidad y diligencia y también guardar secreto sobre las preguntas hechas a los testigos y las deposiciones de los mismos. Los violadores incurrirían ipso facto en excomunión reservada specialissimo modo al Papa. La obligación del secreto se extendía hasta la publicación del proceso, que sólo se haría después del examen de todos los testigos. Firmaron todos el juramento prestado. Después de dar lectura al acta, entregó el canciller las actas al actuario, el cual expidió recibo. Antes de disolver la reunión, dijo unas palabras el Cardenal. Tras relevar la importancia del asunto, que se acababa de comenzar, exhortó a orar a fin de que, por intercesión de la Santísima Virgen, se hiciese todo para mayor gloria de Dios y decoro de la santa Iglesia. La segunda sesión, presidida también por el Cardenal, se celebró el veintisiete de junio. Don Juan Bonetti presentó al tribunal ((**It19.44**)) los Artículos. Con este título se señala un compendio breve y claro de la vida, las virtudes, las obras y los milagros del Siervo de Dios, redactada en pequeños párrafos, numerados y expresados, no de una forma definitiva, sino como elementos a estudiar. Constituyen la base fundamental de la Causa y debe probarse que son verdaderos, por medio de testigos. En ellos se sigue un orden preestablecido: vida y obras, virtudes teologales, virtudes cardinales, virtudes morales (pobreza, humildad, castidad), heroísmo de las virtudes en general, dones sobrenaturales, fama de santidad en vida, muerte preciosa, funerales y enterramiento, fama de santidad y milagros después de la muerte. Los Artículos presentados para don Bosco eran 807. El Postulador presentó además una primera nota con los testigos a interrogar, reservándose la facultad de presentar otros, si fuere menester. Prestó finalmente el llamado juramento de calumnia, es decir, juró no solamente decir la verdad, sino también no emplear engaño ni fraude, ni corromper a los jueces 1. Con esta sesión quedaba abierto definitivamente el proceso ordinario. 1 Apénd., Doc. 7. Juramento de calumnia (y debajo, a evitar en la causa) es el que hacían las partes al principio de un pleito, testificando que no procedían ni procederían con malicia.(**Es19.46**))
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