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((**Es18.669**) ADMINISTRACION 1.° La administración del instituto está confiada al reverendo Juan Bosco, hijo de Francisco, que será también propietario de todo el patrimonio fundacional del Hospicio. Después de él, tanto la dirección como la administración, pasarán a sus sucesores en la Congregación de San Francisco de Sales. 2.° Dado que esta Congregación está definitivamente aprobada por la Iglesia y que todos sus miembros están ligados con votos perpetuos, la señora fundadora está segura de que su voluntad surtirá efecto ante los superiores de dicha Congregación para los tiempos presentes y futuros. El superior pensará en hacer en su día las escrituras civiles necesarias para el traspaso de propiedad a sus herederos sin perjuicio para el instituto. 3.° La fundadora no pretende poner ningún vínculo de conciencia, pero desea que la casa del Hospicio se constituya en la misma ciudad de Parma o al menos en la provincia. Si, por azar, las circunstancias de lugar, tiempo o personas hicieran imposible la continuidad del Hospicio en este lugar podrá trasladarse a otro, hasta que hubieren cesado los motivos del traslado. En estos casos deberá oírse el parecer del Obispo de la Diócesis pro tempore. 4.° Si fuere posible, la iglesia del Hospicio será pública, a fin de que los alumnos externos y también las personas mayores puedan tomar parte en las funciones sagradas, especialmente en las pláticas y catequesis. CARGAS 1.° El reverendo Juan Bosco o sus herederos cumplirán todas las obligaciones que dicha señora marquesa hubiere impuesto en su testamento o escritura de fundación. 2.° Todos los días rezarán los alumnos comunitariamente un padrenuestro, avemaría y gloria por la piadosa fundadora y, después de su muerte, que pedimos ((**It18.793**)) a Dios sea muy tarde, se celebrará, además, cada año un funeral en el que tomarán parte todos los alumnos, comulgando y haciendo otras oraciones particulares por el descanso eterno de la difunta bienhechora. 3.° La señora fundadora declara formalmente que este memorial no tiene ninguna fuerza legal y que, en el momento que alguien quisiese servirse de él de acuerdo con las leyes civiles, entiéndase que pierde todo su efecto, y que el Superior de la Congregación Salesiana será libre y absoluto dueño de cuanto se refiere al Hospicio. 85 (el original en francés) Un industrial belga describe el Oratorio y narra su visita a don Bosco I ...Confieso que, al pasar el umbral, tenía yo mis prevenciones. Me había imaginado, no sé por qué -puede que por haber oído repetir a menudo que don Bosco era un hombre muy santo-, que iba a ver un convento piadoso y tranquilo, una especie de oasis cristiano, cuyos afortunados habitantes, cuidadosamente preservados de los (**Es18.669**))
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