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((**Es11.75**) un año que su programa está en la censura eclesiástica; hace un año que la imprenta tiene los moldes hechos y compaginados, pero, hasta ahora, no se ha recibido una respuesta definitiva. Mientras me fue posible abrir mi corazón a S. E. yo nunca moví un dedo sin acudir a su docto, prudente y oportuno parecer. Pero, con mucha amargura, he debido cortar al perder la libertad de hablar, o bien no se me creía. En cuanto a la música instrumental, no he visto ninguna prohibición en el Sínodo; las reglas de la Iglesia no me parece que se opongan, ya que en Roma suelen hacerse las más solemnes funciones con música instrumental, al menos las que yo he presenciado. Con todo, en atención a los deseos manifestados por el señor Arzobispo, después de la fiesta de María Auxiliadora del 1875 la música instrumental no ha tomado parte en ninguna de las funciones de la iglesia de María Auxiliadora. Ultimamente acompañó la procesión de san Luis, pero sólo fuera de la iglesia y nada más. Si se hubieran entendido las cosas en su verdadero sentido, cuántas molestias se hubieran evitado y cuántos disgustos menos se habrían tenido, pues no ha habido nunca mala voluntad. Tú, en tanto, ten siempre presente en Jesucristo a este, Turín, 1 de agosto de 1876. Pobre escribiente y servidor JUAN BOSCO, Pbro. El Secretario de S. E. acusó recibo de su carta y prometió informar a Monseñor del contenido de la misma, apenas volviera de una corta ausencia; expresaba además que Monseñor comprendería el comportamiento seguido y quedaría satisfecho de ello 1. Por lo demás, mientras estaba el Beato por Liguria, en vista de que no llegaba la aprobación y valiéndose de su incontestable derecho, hizo imprimir el programa y las Reglas en ((**It11.80**)) Albenga, con licencia de aquella Curia, otorgada el 26 de julio y con la firma del canónigo Folcheri, Vicario General. Enseguida la hizo traducir al francés. La cuestión del manual de los Cooperadores Salesianos parecía relegada al olvido; pero cuando, de allí a dos meses, pidió don Bosco permiso para publicar el último Breve, se reavivó más ardiente que nunca la cuestión principal. Prueba de ello es la siguiente carta. Rvmo. señor don Juan Bosco, Superior de los Salesianos: El señor Arzobispo me encarga responda a la carta de V. S. del 5 del corriente octubre, diciéndole que no puede permitir la publicación a la que alude en ella, sin faltar a su deber de custodio de las leyes canónicas. En primer lugar, antes de publicar un Rescripto Pontificio con indulgencias, debe ser presentado al Ordinario del lugar, para que éste examine la autenticidad y se 1 Carta del 2 de agosto de 1876.(**Es11.75**))
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