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((**Es10.322**) Sagrada y Real Majestad: En la ciudad de Turín se extiende, desde la plaza de armas hasta el Po, un espacio muy poblado de casi tres kilómetros de largo, sin escuelas para los niños, ni iglesias destinadas al culto religioso de sus numerosos habitantes. Años atrás abrió en esa zona el abajo firmante el Oratorio de San Luis, con escuela y patio de recreo para los niños, pero cuando se efectuó la prolongación de la calle dedicada a San Pío Quinto, aquel edificio quedó dividido en dos partes e inservible para su primer fin. El sacerdote Juan Bosco, que suscribe, se ha preocupado por la deplorable situación en que se encuentran los ciudadanos católicos que habitan en aquella zona de la ciudad, y con el fin de poner remedio a la grave necesidad, ha adquirido, con ayuda de caritativas y piadosas personas, un terreno comprendido entre dicha calle de San Pío Quinto y la calle Madama Cristina, ((**It10.349**)) que da frente a la avenida del Rey, con la intención de levantar una iglesia dedicada a San Juan Evangelista, que pueda servir también para los adultos, teniendo anejo un grandioso edificio destinado a escuelas, hospicio y patio, donde puedan los muchachos entretenerse durante los recreos, particularmente en los días festivos, y preservarlos de este modo de los peligros de la inmoralidad, y prepararlos para algún arte u oficio. Con el apoyo de la Divina Providencia se iniciaron las obras; está ya terminada la tapia y, mientras el benemérito conde Eduardo Arborio Mella, ingeniero, ultima los planos de la iglesia y del anejo edificio, se están recogiendo también los materiales y los fondos necesarios para la proyectada construcción. El anteproyecto, que se une a la presente súplica, demuestra que la obra, ue constituye el objeto de la petición, redunda indiscutiblemente en beneficio de la población cristiana, que habita en el mencionado barrio; mas, para llevarlo a efecto, sería necesario proceder a la expropiación de la pequeña longuera de tierra, señalada en dicho anteproyecto con una raya amarilla, propiedad del señor L. Enrique Morglia, quien se niega a dar su consentimiento para la correspondiente cesión. Habiendo resultado inútiles todos los intentos para inducir al señor Morglia a la cesión de dicha longuera de tierra, el que suscribe se encuentra en la necesidad de recurrir a V. S. R. M., a fin de que, en virtud de la ley de 25 de junio de 1865 n.° 2359, tenga a bien dignarse declarar obra de utilidad pública la proyectada construcción, y pueda, el que suscribe, promover los oportunos actos de expropiación de la indicada longuera de tierra. Para conseguir este objeto recurre a Vuestra Sacra Real Majestad y suplica tenga a bien dignarse declarar, en virtud de la mencionada ley de 25 de junio de 1865, que las construcciones señaladas en el anteproyecto, suscrito por el ingeniero caballero Trocelli y el conde de la Veneria en el plano anejo, son de utilidad pública, publicando todas las demás disposiciones legislativas sobre la expropiación del terreno ubicado en dicho proyecto, para que pueda, el que suscribe, llevar a término la obra proyectada en favor de los habitantes de Turín. Gracia que espera, Turín, 16 de abril de 1872. JUAN BOSCO, Pbro. (**Es10.322**))
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