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((**Es9.574**) y que entretanto pide saber cuáles son los tratos que se harán con el eclesiástico que se dedicase a atender la iglesia. Mándeme su solicitud y yo la pasaré a S. E. Sé que él está bien dispuesto y que de veras se desearía que la iglesia del Santo Sudario volviera a funcionar. No sé si le satisfará mi respuesta. En todo caso estoy dispuesto a darle aún todas las aclaraciones que desee. Con todo respeto y de corazón, 17 de mayo de 1869. Su atento y afmo. s. s. CANTON El Venerable se apresuró a cumplir las indicaciones del señor Cantón, a quien envió su instancia para que la presentase al Ministro. Al Excelentísimo señor Ministro Menabrea. Excelencia: El que suscribe recurre respetuosamente a V. E. para pedir un favor que, a la par, resultaría muy provechoso para una obra de beneficencia, de gloria para el Gobierno y sumamente apreciada por la opinión pública de los buenos. Se manifiesta a V. E. que en el establecimiento, llamado Oratorio de San Francisco de Sales, están internados más de ochocientos muchachos pobres, algunos de los cuales, con evidentes señales de vocación, abrazan el estado eclesiástico; resultaría de gran utilidad una iglesia donde podrían ocuparse uno o más sacerdotes con algunos seminaristas, que al mismo tiempo que trabajaran para promover el decoro de las funciones sagradas, tendrían un medio material para proseguir sus estudios. Por otra parte, la iglesia del Santo Sudario se halla en el sitio más céntrico de Roma; mas, por estar cerrada desde hace años, no ha funcionado y va perdiendo su antiguo y monumental esplendor hasta amenazar ruina, si no se la restaura cuanto antes y se la pone en situación de que pueda servir para el culto divino. Así las cosas, el que suscribe se atreve a suplicar a V. E. quiera concederle a él o en su lugar a un sacerdote del mencionado establecimiento, la iglesia del Santo Sudario en Roma. A tal propósito se obligaría al culto ordinario, al cumplimiento de todas las cargas, a su mantenimiento y a cuanto concierne al decoro de las funciones sagradas. ((**It9.643**)) En lo que al Gobierno Pontificio se refiere, el recurrente se obliga al cumplimiento de las incumbencias correspondientes en la seguridad de no hallar dificultad, tratándose de cosas de utilidad pública, civil y religiosa. En cuanto a los gastos a hacer para la restauración, podría el Gobierno, si lo juzga oportuno, ejecutar los trabajos por su cuenta, o bien ceder el patronato, con los demás derechos, a quien quisiera hacer el gasto correspondiente a esta restauración. Pero como esto es algo accesorio, se deja totalmente a la buena voluntad de V. E. Esta es la obra que se propone a V. E. Desaparecería así el motivo del gran disgusto que experimentan todos los italianos al ver una majestuosa basílica, situada en el lugar más propicio de la ciudad, cerrada y amenazando ruina. (**Es9.574**))
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