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((**Es8.269**) talento y voluntad, para cursar los estudios secundarios que les abrirían el camino para ganarse la vida honrosamente. Después de esta exposición a V.E. respetuosamente ruego: 1.° Que considerando el artículo doscientos cincuenta y uno de la ley de intrucción pública, por el que se faculta a los padres de familia, y a quien hace sus veces, para dar a sus hijos o parientes la intrucción secundaria, exenta de inspecciones por parte del Estado; 2.° Que considerando el artículo trescientos cincuenta y seis, el cual dispensa a las personas que enseñan gratuitamente a los muchachos pobres de clases elementales o técnicas de hacer constar su idoneidad; 3.° Que considerando también, cuanto V.E. dijo hace poco ((**It8.310**)) en la cámara de diputados proclamando que quería conceder toda posibilidad para facilitar la libertad de enseñanza; Suplico a V.E.: Que se digne considerar al Director de este Centro como padre de los muchachos en él internados, a quienes en realidad provee de todo lo necesario para su vida material y moral; Que la enseñanza que se da es totalmente gratuita y a jóvenes pobres que no tienen otro medio para alcanzarla; Que sería un gran beneficio material y moral el que se pudiese dar libremente la enseñanza secundaria a estos jóvenes de acuerdo con su capacidad y necesidad. En consecuencia, se conceda al sacerdote Juan Bosco, director del Oratorio de San Francisco de Sales, ayudado por personas caritativas, impartir la enseñanza secundaria a los muchachos pobres, internados en dicho Centro, de conformidad con los artículos mencionados, esto es, dispensarle de hacer constar su idoneidad ante la autoridad escolástica, como se ha practicado desde hace veintitrés años. Este favor no redunda en beneficio de ningún particular puesto que las escuelas son gratuitas y los profesores trabajan gratuitamente, sino que es totalmente en favor de unos muchachos pobres que no podrían de ningún otro modo cultivar la inteligencia que Dios se dignó concederles. El deseo expresado por V.E. en diversas ocasiones de ayudar a la enseñanza libre me hace esperar que será tomado benignamente en consideración cuanto aquí se expresa y que los alumnos de este Centro tendrán un motivo más para manifestarle su más sincera gratitud. Mientras invoco sobre V. S. las bendiciones del Cielo, tengo el honor de profesarme De V.E. Febrero de 1866 JUAN BOSCO, Pbro. Esta súplica iba acompañada por la siguiente carta de recomendación del Alcalde de Turín, el cual, además, la publicó en los periódicos como conocedor que era de la influencia que la opinión pública ejerce sobre las decisiones gubernativas. (**Es8.269**))
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