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((**Es7.625**) SE AUTORIZA: Al reverendo sacerdote Juan Bosco para abrir en el local ya existente del colegio de Lanzo, un colegio-residencia, donde, además de las clases elementales inferiores ((**It7.734**)) y superiores, totalmente gratuitas, se dará, en conformidad con los programas oficiales, la enseñanza de los tres primeros cursos de bachillerato, bajo la dirección del teólogo caballero Albert, Vicario Foráneo de Lanzo y con la ayuda de los siguientes profesores sacerdotes: Domingo Ruffino, para el tercer curso; Bartolomé Fusero, para el segundo curso; Juan Bonetti, para el primer curso. Esta autorización está vinculada al cumplimiento de las condiciones arriba expuestas y a las disposiciones relativas a los centros privados de enseñanza, y a la obligación de comunicar a la autoridad escolástica los cambios que se produjesen en el personal. Turín, 14 de septiembre, 1864. Por el Real Delegado VIGNA El Colegio de Lanzo era su tercera casa; y veía claramente que, tras ella, habría de fundar muchas otras; colegios internados, hospicios, escuelas profesionales de artes y oficios, seminarios, escuelas agrícolas, etc... Por eso pedía a diversas partes programas de los centros de educación destinados a una clase especial de alumnos. Y nosotros hemos hallado en su escritorio programas del Hospicio de los artesanitos pobres de Ivrea; del Refugio para muchachos pobres y abandonados en la ciudad de Alba; del Colegio-Residencia Episcopal de Mondoví; del Colegio-Residencia, técnico-comercial, de los Hermanos de las Escuelas Cristianas en Turín; del Seminario Menor de la Pequeña Casa de la Divina Providencia; del Colegio elemental para mediopensionistas de los Hermanos de las Escuelas Cristianas en Turín; del Colegio Católico de Menzingen para la educación de muchachos destinados al comercio; del Colegio-Residencia de Pinerolo; y de otros que ya no recordamos. Pero se informaba sobre todo de las leyes, decretos, programas y circulares oficiales acerca de la instrucción clásica y elemental. Estudiaba la interpretación que se daba a ciertos artículos, o la amplia aplicación que las Autoridades ((**It7.735**)) se permitían en determinadas circunstancias. Le costaba la habilitación legal de sus maestros y pensaba que no siempre lograría retenerlos consigo, una vez obtenido el diploma. Los títulos autorizados, las facultades otorgadas por los Delegados provinciales, las suplencias permitidas, formaban parte de sus proyectos para superar las dificultades cada vez mayores que impedían el desarrollo de sus escuelas. Buscaba, en fin, conciliar el (**Es7.625**))
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