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((**Es3.177**) estado y obtener su protección durante la vida y a la hora de la muerte. 2. La aprobación del Arzobispo de Turín debe animarnos a inscribirnos en dicha Compañía. 3. Para tranquilidad de todos se hace constar que el Reglamento de la Compañía de San Luis no obliga bajo pena de pecado, ni siquiera venial; así que quien faltare a una de sus reglas, se priva de un bien espiritual, pero no comete ningún pecado. La promesa que se hace en el altar de San Luis no es ningún voto; ahora bien, el que no tuviere voluntad de cumplirla, mejor es que no se inscriba. 4. La Compañía está dirigida por un sacerdote, con el título de Director Espiritual, y por un Prioste, que no debe ser sacerdote. 5. El Director Espiritual es nombrado por el Superior del Oratorio. Está encargado de vigilar que todos los congregantes observen el Reglamento. El acepta a los que juzga dignos; guarda el registro de los socios actuales y de los difuntos, y visita a los enfermos de la Sociedad de Socorros Mutuos. No está limitada la duración de su cargo. 6. El Prioste es elegido por mayoría de votos de todos los socios de la Compañía reunidos. Su cargo dura un año y puede ser reelegido. El día fijado para la elección del Prioste es la noche de Pascua. 7. El cargo de Prioste no comporta ninguna obligación pecuniaria. Si hace algún donativo con ocasión de la fiesta de San Luis, de San Francisco de Sales o en otra circunstancia, es a título de limosna. Es obligación suya vigilar en el coro y procurar que el canto se ejecute bien y que las solemnidades se celebren con dignidad. ((**It3.219**)) 8. Está encomendada al Prioste la parte disciplinar del Reglamento del Oratorio, ayudado por el Vice, elegido también por mayoría de votos en la domínica in albis>>. Los jóvenes del Oratorio recibieron entusiasmados la noticia de esta Compañía, que ellos denominaron de los hermanos de San Luis, y se encendió en todos un deseo vívisimo de inscribirse. Mas, para no repetir el dicho del Profeta: multiplicasti gentem et non magnificasti laetitiam (multiplicaste el número y no aumentaste la alegría) y, además, con el fin de dejar en cada uno un poderoso estímulo para reformar su conducta, puso don Bosco dos condiciones para la aceptación. Era la primera que el aspirante hiciese un mes de prueba, practicando el Reglamento y siendo de buen ejemplo en la iglesia y fuera de ella; la segunda, que huyera de las malas conversaciones y frecuentara los santos sacramentos. Estas disposiciones (**Es3.177**))
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