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((**Es17.612**) Nostrae Congregationis uti, potiri, et gaudere libere et licite possent et valerent ac illorum omnium participes esse deberent. San Pío V, a su vez, con el Breve Ad immarcessibilem (7 de febrero de 1587) concedió a los mismos Teatinos la Comunicación de los Privilegios con todas las Ordenes y Congregaciones Religiosas. Urbano VIII en la Bula de erección de la Congregación de los Presbíteros de la misión Salvatoris Nostri (12 de enero de 1632), estableció que esta Congregación pudiese gozar de todos los Privilegios, Exenciones e Indultos, que disfrutan aliae quaecumque similes vel dissimiles Congregationes. Igual concesión hicieron otros Pontífices en favor de la Compañía de Jesús, de la Congregación de la Madre de Dios, de los Píos Operarios, de los ministros de los Enfermos, del Oratorio, de la Doctrina Cristiana, de los Pasionistas y de los Redentoristas. Las últimas Congregaciones, a las que yo sepa les fueron concedidos los favores por Comunicación, son: la de los Oblatos de María, a la que León XII (12 de septiembre de 1826) se los concedió con los Redentoristas, y el Instituto de la Caridad, aprobado por Gregorio XVI en 1838. La razón de estas comunicaciones de los Privilegios fue dada por Clemente VIII en su Bula (20 de diciembre de 1595). Ratio Pastoralis efflagitat ut quorum religionem ac virtutem sedi Apostolicae, totique Ecclesiae non modo illustrem et praeclaram, sed utilem etiam ac necessariam esse animadvertimus, eosdem nostris et eius sedis Apostolicae honoribus ac beneficiis libenter prosequamur. Un acreditado cronista, como paráfrasis de las palabras de Clemente VIII, dice lo que sigue: Regulares qui, licet diversorum ordinum, unum in Deo et professione existant, equum etiam est, ut in iisdem indultis et privilegiis uniantur et sic uniti arctiori vinculo Sedi Apostolicae, et inter se ad nomen Dei in terris propagandum animarumque salutem procurandam copulentur; ut, quos coniungunt par labor et paria merita, paria etiam conjungant Privilegia. Ita ab Aragonia, Elucidatio Privilegiorum. Tract. 5, cap. 8. ((**It17.713**)) 17 Comendaticia del cardenal Alimonda para la concesión de los Privilegios CAYETANO ALIMONDA, CARDENAL DEL ORDEN DE LOS PRESBITEROS, DEL TITULO DE SANTA MARIA IN TRASPONTINA POR GRACIA DE DIOS Y DE LA SANTA SEDE APOSTOLICA ARZOBISPO DE TURIN, DOCTOR Y GRAN CANCILLER DEL COLEGIO DE LOS TEOLOGOS Vista la súplica del Rvdo. don Juan Bosco, fundador y Superior General de la Congregación Salesiana, con la que implora del Padre Santo, para la misma Congregación, la Comunicación de los Privilegios de que gozan los Oblatos de María irgen de esta ciudad. Con verdadera satisfacción de nuestra alma, confirmamos la verdad de los motivos respetuosamente expuestos a Su Santidad para alcanzar la gracia. Damos nuestras merecidas alabanzas a la Congregación Salesiana por la ejemplaridad en la disciplina, que mantienen los miembros de la misma, por el gran bien que (**Es17.612**))
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