Regresar a Página Principal de Memorias Biográficas


((**Es17.236**) De este modo, queda a salvo la conciencia y se pone término a negocios que, de ordinario, son muy largos y costosos y en los que difícilmente se mantiene la paz del corazón y la caridad cristiana. Por el bien de cada socio y de toda nuestra Congregación, no se mezcle ninguno con dineros, empleos o recomendaciones que tengan relación con parientes o amigos. Si se presentan graves motivos, por los que alguien deba ocuparse de semejantes asuntos, hable de ello con su Superior y aténgase estrictamente a su parecer.Obsérvese sin alteración la norma de no firmar nunca letras de cambio, ni salir fiadores de pagos ajenos. La experiencia nos dio a conocer que siempre nos produjo daño y disgusto. Si se puede, hágase algún servicio, dése también algún subsidio, pero dentro de los límites que aconseje y permita el Superior respectivo. PARA LAS HERMANAS DE MARIA AUXILIADORA Los Salesianos deben observar fielmente con las Hijas o Hermanas de María Auxiliadora lo que ha sido establecido en las deliberaciones capitulares. No hay que parar mientes en trabajos, gastos, ni molestias de ningún género a fin de regular nuestras relaciones con la Iglesia y nuestras mismas constituciones lo han establecido. Para tratar asuntos materiales, no estén nunca solos los religiosos y las religiosas, sino que procuren estar siempre asistidos, o estén por lo menos a la vista de otros. Numquam solus cum sola loquatur. Para ingresar en el Instituto de María Auxiliadora evítese recibir a quien no goce de buena salud y no dé fundada esperanza de verdadera obediencia. Téngase presente que las virtudes no adquiridas durante el tiempo del noviciado, de ordinario, ya no se adquieren. Ninguna Hermana conserve después de la profesión religiosa bienes inmuebles, ni para sí ni para la comunidad religiosa a que pertenecen. Se hará excepción de las posesiones necesarias para fundar casas de educación o sanatorios para conservar la salud. Ni de veras ni de burlas, ni por otras razones o pretextos se digan palabras, que sirvan para mover a risa o despertar estimación y benevolencia de personas del otro sexo. Léanse y compréndase bien estas palabras y dense de ellas repetidas explicaciones. La Superiora General, las Directoras de las casas no permitan familiaridad alguna con personas seglares de cualquier género. ((**It17.270**)) Cuando haya verdadera necesidad intervenga una asistenta y obsérvense las prescripciones de las reglas respectivas. No guarde consigo la Superiora ninguna cantidad de dinero si no es para determinados asuntos y solamente el tiempo necesario para los asuntos a resolver. Lo que se dice de la Superiora General debe decirse de todas las Directoras de las demás casas. En estas y otras cosas semejantes, aténganse todas sin resistencia a los consejos y órdenes del Superior mayor. Nunca se hagan construcciones, sin ponerse de acuerdo previamente con el mismo. 1.° Cuando hay que tratar asuntos de cierta importancia en el Capítulo Superior o (**Es17.236**))
<Anterior: 17. 235><Siguiente: 17. 237>

Regresar a Página Principal de Memorias Biográficas


 

 

Copyright © 2005 dbosco.net                Web Master: Rafael Sánchez, Sitio Alojado en altaenweb.com