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((**Es14.503**) escribió don Bosco el 9 de diciembre, y el otro del Vicario parroquial de por vida, tienen ((**It14.589**)) que ser modificados>>. Con este fin, acompañaba una nota, redactada por don Miguel Rúa, en nombre del Capítulo Superior, y firmada por don Bosco. El sentido de iluminada prudencia y de santa sencillez que la penetra, refleja muy bien el espíritu de nuestro amado Fundador. Eminencia Reverendísima: El Capítulo Superior de la pía Sociedad de San Francisco de Sales, por medio del que escribe, su Rector Mayor, ruega a V. E. Rvma. permita dos pequeñas modificaciones en los artículos propuestos para la iglesia del Sagrado Corazón. Si perpetuamente se hubiese de tratar con Vuestra siempre Benemérita Eminencia, se aceptarían éstas y cualesquiera otras condiciones. Pero se trata de evitar desaveniencias, que por desgracia fácilmente podrían surgir entre los que administraran en el porvenir nuestras cosas, después de nosotros. Por tanto, se añadió al artículo octavo: <>. 13.° En este artículo se quitó también, después de las palabras <>, de por vida, para dejar a la Autoridad Eclesiástica su pleno ejercicio y dar a la Congregación Salesiana la posibilidad de sustituir en el normal ejercicio de la parroquia y evitar los inconvenientes, que serían inevitables en el caso de que los alumnos del Colegio, del oratorio festivo y de las escuelas debiesen utilizar la iglesia parroquial, cuando ésta dependiese de una administración ajena a la pía Sociedad. Por mi parte, empero, creería agraviar a la divina Providencia, si tuviese sólo la duda de que los casos contemplados en los artículos octavo y decimotercero pudieran suceder; y, por eso, la ilimitada confianza que nos anima a esta grande y costosa empresa llegue a merecernos la continuación de igual benevolencia por parte de V. E. No sé si me he explicado bien, pero lo que no digo, lo comprenderá la iluminada sabiduría de V. E., o lo aclarará nuestro Procurador General, a quien he otorgado plenos poderes en éste y en otros asuntos de la Congregación. Con la más profunda gratitud tengo el alto honor de profesarme, De V. E. Rvma. Turín, 11 de diciembre de 1880 Su atto. y s. s. JUAN BOSCO, Pbro. El Vicario miró con buenos ojos las dos modificaciones deseadas por don Bosco, con la añadidura a la primera ((**It14.590**)) de una reserva sobre la eventualidad dependiente de fuerza mayor, y a la segunda substituyendo <> por <>. Con esto acabaron las discusiones. sobre el texto del convenio que el 11 de diciembre fue firmado por don Bosco y el 18, previa la aprobación del Papa, por el (**Es14.503**))
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