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((**Es14.159**)los más distinguidos; pero todo ello lo pasamos por altos Diremos, en cambio, que tratándose de Coppino, que juzga y sentencia en materia de legalidad, nosotros no podemos por los demasiados ejemplos que nos dio y nos da, admitir siempre la competencia del juez>>. A distancia, per chartam et atramentum (por carta y con tinta), ciertas controversias no se resuelven ni pronto ni bien: además, el cambio de ministro aconsejaba examinar de cerca el terreno. Fue, pues, muy prudente don Bosco al enviar a Roma a don Celestino Durando y al profesor Allievo con la misión de alcanzar del Gobierno que se prorrogara la ejecución del decreto de cierre, máxime en lo concerniente al desahucio de los jóvenes. Se dirigió al abogado Aluffi, secretario en el ministerio de Gobernación, con esta carta de presentación: Queridísimo señor abogado Aluffi: El caballero Allievo, catedrático en la Universidad de Turín y el Profesor don Celestino Durando van a Roma para un asunto de nuestras escuelas. Necesitan que se les conceda un momento de audiencia con el Comendador Villa, Ministro de Gobernación, que siempre fue nuestro bienhechor. ((**It14.179**)) Se los presento a V. S. para que les sugiera el camino más corto para obtener lo que desean. Y, si tiene conocidos en el Ministerio de Instrucción Pública, le pediría el mismo favor. Espero que disfrute de buena salud, y, pidiendo a Dios que lo conserve, me profeso agradecido De V. S. queridísima. Turín, 20 de julio de 1879 Su atto. y s.s. JUAN BOSCO, Pbro. El honorable Villa, diputado por Castelnuovo de Asti, era ministro de Gobernación. Había sucedido a Depretis en la nueva recomposición ministerial. Conocía a don Bosco desde 1859, y habían tenido desde entonces cordiales relaciones recíprocas. Los dos enviados debían presentarle la siguiente recomendación: Excelencia: Siempre recuerdo con gratitud el caritativo apoyo que V. E. prestó en varias ocasiones a los pobres muchachos de este Centro; y esto precisamente me inspira confianza para recurrir también en el caso presente. Un decreto del ministro de Instrucción Pública, firmado el 16 de mayo y comunicado el 23 de junio del corriente año, ordenaba el cierre de nuestras clases por el único motivo de no haber en ellas maestros patentados. Esto carece en absoluto de (**Es14.159**))
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