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((**Es14.155**) Teólogo Rho: El teólogo Margotti me comunica la carta, que le has escrito, diciéndome que puedo contestar a la parte que me concierne. Lo hago de buena gana, porque nuestro asunto necesita aclaraciones, sin las cuales todo queda desfigurado. Si tú hubieses venido por el Oratorio, te habría demostrado que es un falso supuesto afirmar que nuestros maestros no son titulados. Tu mismo hermano, el Delegado, tiene en su despacho la lista con sus nombres, apellidos y títulos legales que son: Miguel Rúa, Celestino Durando, José Bertello, Juan Bonetti y Marcos Pechenino, todos diplomados. Por consiguiente, el decreto de cierre se funda en un error, al aducir como motivo de la disposición la falta de Profesores dotados de idoneidad legal. Dices que me sirvo de antiguos alumnos para las clases, etc. Querrás llamar antiguos a los mencionados Profesores, que realmente fueron mis antiguos alumnos. ((**It14.174**)) Tales son también el profesor Rinaudo, de la Universidad de Turín, Marco, de la de Roma, y otros, de otras partes. >>No podría servirme de éstos para nuestras clases? Como además, los colegios privados tienen libertad de horario, nadie puede pretender que la enseñanza no se dé cuándo y cómo sea posible y cómodo para los docentes. Además, la ley dice claramente que un colegio no puede ser cerrado, sino cuando es gravemente perturbado e! orden social, el orden moral o la salud de los alumnos. Nunca ninguno de estos motivos puede aducirse contra las escuelas de nuestros pobres muchachos; es más, el mismo Delegado declara en su relación al Consejo Escolástico Provincial después de su visita que, en cuanto a limpieza, disciplina, moralidad y aprovechamiento no dejaba nada que desear. Y, aunque existiera alguno de estos motivos, dice la ley que, antes de llegar al cierre de cualquier centro, deben ser atendidas las observaciones del Director del mismo para presentarlas al Consejo Escolar Provincial. Nada se hizo de todo esto. El señor Delegado vino cuando yo estaba ausente, visitó rápidamente las clases y se encontró con que la higiene, la moralidad, la limpieza, y el aprovechamiento no dejaban nada que desear. A mi regreso a Turín, me encontré con la carta del Delegado, insistiendo en que los profesores titulados tenían que permanecer en clase constantemente, según el horario público. La ley no exige esto; mas, para complacer a la autoridad, he suplicado que me diese tiempo para tomar las medidas oportunas para no turbar la administración de esta casa y concluía: -Si no se me concede este favor, ruego se me notifique, pues yo modificaré la administración del Centro y haré de modo que los Profesores titulados se encuentren en clase, según el horario que la autoridad escolástica piense fijar. No recibí respuesta hasta el 23 de junio próximo pasado, en que se me comunicaba el cierre del Bachillerato. Tú apelas a la ley, que es superior a todos y a todo. Yo diría que la justicia es la que debe regular todas las leyes. >>Qué artículo de ley fue violado? Siempre he pedido y esperado en vano una respuesta. Y, además >>puede el Delegado u otro, ordenar la expulsión de unos pobres muchachos, asilados en un hospicio, como se pretende en el caso presente: Añades que, hace tres años, que el señor Delegado insiste para que yo me ajuste a la ley. Contesté que todos los delegados, todos los ministros de Instrucción Pública siempre han alabado, aprobado, ayudado y concedido ayuda a este Centro, durante más de treinta años. Hacía falta un amigo, un compañero de escuela que propusiera (**Es14.155**))
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