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((**Es13.595**) 1.° Se confía la dirección de los estudios y la administración del Seminario a don Juan Bosco, Superior General de la Congregación Salesiana, con las siguientes cláusulas y condiciones: 2.° Hecho el Balance de las rentas del Seminario y descontadas todas las cargas e impuestos, quedan alrededor de cuatro mil novecientas treinta y nueve liras, ((**It13.698**)) las cuales se ceden al mencionado don Juan Bosco, a cuenta de las provisiones que se necesitan para los maestros del tercero y cuarto grado elemental, para los profesores del bachillerato, para un profesor de Filosofía y otro de Teología y para todo el personal directivo, de vigilancia y servicio. Y como quiera que la renta antes dicha aumentará con la liquidación de algunas deudas anuales, se declara que este aumento repercutirá en favor de la administración. En la fecha de la entrega se redactará un inventario por ambas partes. 3.° Ante el caso de rescisión o cese del presente convenio, se deberán restituir las cosas al mismo estado y valor en que se entregaron, de manera que las mejoras y deterioros resulten en favor o perjuicio de dicho don Bosco, Superior General de la Congregación Salesiana. 4.° Cuando haya que realizar trabajos extraordinarios de albañilería o reparaciones, el Eminentísimo Cardenal Bilio, obispo de Sabina, junto con los reverendísimos Delegados y el reverendísimo don Bosco, Superior General, estudiarán, de común acuerdo, la manera de proporcionar los medios necesarios para ello. 5.° El Eminentísimo Cardenal, Obispo de Sabina ejercerá su plena autoridad en materia de enseñanza y en todo lo referente a disciplina, religión y moral de los alumnos, de acuerdo con las Constituciones Apostólicas Romanas. 6.° Al comenzar cada curso escolar, el reverendo don Juan Bosco presentará a S. E. el Cardenal, Obispo de Sabina, la lista del personal directivo, de vigilancia y de servicio. 7.° El programa de estudios, las condiciones y las normas para la admisión de los estudiantes se someterán siempre a la aprobación del Ordinario. 8.° Este convenio empezará a regir a partir del próximo curso escolar 1877-78 y estará en vigor por cinco años; si una de las partes quisiera retirarse o rescindir este contrato, deberá avisar a la otra con cinco años de anticipación. La mezcla que se proponía de seminaristas, aspirantes y no aspirantes al sacerdocio, aunque <>, no podía agradar a don Bosco. Por eso, cuando el Seminario estuvo en su mano, pensó en un colegio distinto para los muchachos no seminaristas, tomando en arriendo una parte del amplio edificio. Se redactó prontamente un escrito, aunque sólo pro forma, a fin de que, como dice una nota confidencial de don Miguel Rúa, nadie pudiera <>: no había que pagar arriendo, como añadía la nota, y la casa quedaría siempre para uso de los Salesianos. Este asunto lo diligenció un tal ((**It13.699**)) Albino Donato, de Saluggia, enviado para ello por don Bosco, que le encargó también hacer el inventario y preparar la residencia de los internos para el principio del curso ya en puertas. Este señor Donato era un padre de familia ejemplar, que quería mucho a don Bosco y se consideraba feliz ayudándole. El Beato tuvo (**Es13.595**))
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