Regresar a Página Principal de Memorias Biográficas


((**Es13.437**) hacerse jesuita. De donde, dicha Sagrada Congregación ha declarado también que la falta de las testimoniales hace ahora ilícita, pero no inválida, la admisión y profesión de los novicios; y cuando se dio el caso de que un obispo, sin dar razones, rechazó conceder a algún individuo de probidad y capacidad canónica, suficientemente conocida por el Superior Regular, se me aseguró que la Sagrada Congregación accedió a que fuese aceptado por la Orden o Congregación a la que aspiraba, lo mismo que si se hubieran enviado las pedidas testimoniales por el Ordinario. En fin, la Santa Sede está siempre firme en mantener el principio general de que cualquiera, clérigo o seglar, sacerdote o no sacerdote, se sienta llamado por Dios, debe ser libre para poder abrazar la vida no solamente más perfecta, sino, como bien observa Benedicto XIV en la citada carta, todavía más segura del Claustro. No será en vano observar todavía aquí que si se presentare a un Superior Regular de una Orden o Congregación aprobada por la Santa Sede, para tomar el hábito del Instituto, un sacerdote, con atendible testimonio, bastante conocido por su honestidad y no sujeto a censuras en la respectiva diócesis, ninguna ley canónica, antigua o moderna, prohíbe a dicho superior retenerlo, si no como novicio, al menos como postulante en la casa, hasta que se obtenga del respectivo Ordinario de dicho postulante una respuesta respecto a las testimoniales que se le han pedido. Por lo que se refiere al desagradabilísimo suceso del domingo 26 de agosto del ano pasado, permítame V. E. Rvma. que observe cómo el Monitum del Calendario Diocesano (repetido no sé porqué por su secretario en la carta dirigida al Superior de la casa de los Salesianos de Turín) fue enunciado tanto en el texto ((**It13.510**)) como en la traducción italiana de aquella carta, con palabras tan absolutas que, a primera vista, producen la idea de que fuese la intención de V. E. que ningún sacerdote regular, y especial mente salesiano, pudiera celebrar la misa fuera de sus iglesias, sin licencia expresa de V. E. Rvma. Pero dejo con gusto toda observación sobre esto. Ya que también aquel deplorable suceso es ciertamente uno de los que, aun protestando V. E. Rvma. perdonar todo, no ha consentido, sin embargo, con la carta del 27 de diciembre, si bien recuerdo, sino que ha rogado a la Sagrada Congregación de Obispos y Regulares omitir todo examen, con tal de que se asegurase la paz futura. Yo no he sabido, ni sé, la decisión que dicha Congregación haya tomado o quiera tomar sobre el particular. Aseguro a V. E. que, por mi parte, he descubierto y descubro todavía en aquella proposición y súplica el más prudente, el más eficaz y caritativo modo de acabar rápidamente con una disensión, que, igual que no ha producido ningún bien en el pasado, tampoco prometería nada bueno para V. E. Rvma. y la diócesis, ni para la Congregación Salesiana en el porvenir. Perdone V. E. la libertad con que me he atrevido a exponerle modestamente la impresión, que me ha causado la lectura y desapasionada consideración de los documentos vistos en esta causa, y no me atribuya, se lo ruego, más que el gran deseo e interés que tengo de saberle plenamente tranquilo y satisfecho en el régimen que Dios le ha confiado de esa ilustre diócesis. Beso humildemente sus manos, y, con el máximo respeto, me reafirmo, De V. E. Rvma. Roma, 28 de marzo de 1878. Su atto. y s. s. Fr. J. TOM. TOSA, Dom. (**Es13.437**))
<Anterior: 13. 436><Siguiente: 13. 438>

Regresar a Página Principal de Memorias Biográficas


 

 

Copyright © 2005 dbosco.net                Web Master: Rafael Sánchez, Sitio Alojado en altaenweb.com