Regresar a Página Principal de Memorias Biográficas


((**Es13.322**) quede a salvo la autoridad arzobispal y el bien de su diócesis. Confío por tanto que V. S. se someterá a estos consejos. Y, dado el caso de que V. S. mandase imprimir, reprodujese litográficamente o por otros medios un escrito desfavorable al actual Arzobispo de Turín; o bien, escribiese por su propia mano o por la de otros una carta desfavorable a este Arzobispo y la presentase a cualquiera que fuere, exceptuados el Sumo Pontífice y los Eminentísimos Cardenales miembros de las Sagradas Congregaciones Romanas, declaro desde ahora, que en ese instante cesa para V. S. la facultad de oír confesiones sacramentales y absolver, y esto ipso facto, en mi diócesis; puesto que evidentemente no podría ya poner en V. S. la confianza necesaria para confiarle la dirección de las conciencias de ninguno de mis diocesanos, o de las personas a mí sometidas en cuanto a la confesión; y, por consiguiente, desde ahora le retiraría a V. S. la facultad para el tiempo en que sucediese el caso dicho. Pero, si V. S. se rindiese a mis consejos, se daría al punto aviso de ello a los Eminentísimos Cardenales y a los Obispos que están informados de nuestra situación. Con el debido aprecio, De V. S. Rvma. Turín, 25 de noviembre de 1877. Afectísimo en el Señor >> LORENZO, Arzobispo Al Rvmo. don Juan Bosco, Turín. Después de esta intimación, pasaron unos días de silencio hasta el primero de diciembre. Aquel día, muy de mañana, recibió el Beato lo que faltaba para colmar la medida. Rvmo. Señor: Como coletilla y rectificación a cuanto escribí a V. S. el 25 del pasado noviembre, le digo que si presenta o hace presentar cualquier escrito desfavorable al actual Arzobispo de Turín, ya esté escrito a mano por V. S. o por otro, ya esté impreso, litografiado o fotografiado, a quienquiera que sea, exceptuados el Sumo Pontífice, el Cardenal Secretario de Estado y los Cardenales Prefectos de las ((**It13.372**)) Sagradas Congregaciones de Obispos y Regulares y del Concilio, declaro, desde este instante, que en tal caso cesa para V. S. la facultad de absolver sacramentalmente y, por tanto, de oír confesiones en esta Archidiócesis; y cesa ipso facto, sin necesidad de otra declaración; como la declaro ya cesada, si por acaso V. S. ya lo hubiese hecho, en vista de lo cual es mi intención revocarle dicha facultad. Con todo el debido aprecio, De V. S. Rvma. Turín, día 1.§ de diciembre de 1877. Afectísimo >> LORENZO, Arzobispo (**Es13.322**))
<Anterior: 13. 321><Siguiente: 13. 323>

Regresar a Página Principal de Memorias Biográficas


 

 

Copyright © 2005 dbosco.net                Web Master: Rafael Sánchez, Sitio Alojado en altaenweb.com