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((**Es12.424**) El esquema de don Bosco, que lo consideraba como una añadidura que debía hacerse a las Constituciones de los Conceptinos, era éste: ((**It12.499**)) Apéndice a las Constituciones de los Hermanos Hospitalarios de María Santísima Inmaculada, llamados Conceptinos. No permitiendo el estado actual de las Ordenes Religiosas a los RR. PP. Capuchinos llevar la dirección de los H. Hospitalarios, como con tanto celo lo han hecho durante muchos años, Su Santidad se ha dignado confiar este cargo al Superior de la Congregación Salesiana. Y para que pueda reinar en los dos Institutos unidad de mando, de espíritu y de administración, fundamento de las comunidades religiosas, Su Santidad, con rescripto (17 de noviembre de 1876) concedía al sacerdote Juan Bosco: 1.° Modificar y reducir las actuales Constituciones de los Hermanos Conceptinos, según el espíritu de las de la Congregación Salesiana, salvos siempre la misión y el fin a que tiende el Instituto de los mismos Conceptinos. 2.° Establecer la vida común como está prescrito por el artículo 1.° del capítulo V. 3.° Fijar un noviciado normal en el que se experimenten los hermanos postulantes, antes de pasar a la vida activa en los hospitales. 4.° Poder establecer la vida de los hermanos de modo que, entre las diversas ocupaciones de caridad en favor de los enfermos, puedan constantemente cumplir las prácticas de piedad, según el capítulo III de las mismas Constituciones. 5.° Servirse siempre de estas facultades de acuerdo con una persona de confianza de Su Santidad, que ruega sea nombrada a este efecto. Como quiera que semejante trabajo requiere un tiempo para su realización y más todavía por las incumbencias que deben cumplirse ante la Santa Sede, y, por otro lado, interesándole mucho a Su Santidad que los dos Institutos se encuentren cuanto antes en una posición estable y normal, se ponen ahora como base las siguientes disposiciones: 1.° El Instituto de los Conceptinos deja de pertenecer a la Tercera Orden de San Francisco de Asís y de ser dirigido en el espíritu por los RR. PP. Capuchinos y en cambio queda perpetuamente afiliado a la Sociedad de San Francisco de Sales en Turín. 2.° La dirección espiritual de los hermanos Conceptinos, tanto profesos como novicios, queda perpetuamente confiada a los sacerdotes de dicha Congregación Salesiana, que serán nombrados al efecto por el Rector Mayor de la misma Congregación. 3.° El cargo de Superior General de los Conceptinos corresponderá al Rector Mayor de la Congregación Salesiana, el cual podrá también nombrar a un representante suyo entre los salesianos residentes en Roma. 4.° El Superior de la Congregación Salesiana proveerá de todo lo necesario a los Conceptinos, lo mismo en estado de salud, que en caso de enfermedad. Pero, dado que ninguno de los dos Institutos posee nada ((**It12.500**)) en común, su sustento queda completamente confiado a la divina Providencia de cada día, al trabajo de los religiosos y a la caridad inagotable del Padre Santo, que ha sido siempre insigne bienhechor espiritual y temporal de estos dos Institutos. 5.° Todos los Conceptinos son considerados, como lo son de hecho, verdaderos Cooperadores Salesianos; por lo tanto, pueden gozar de todas las gracias espirituales (**Es12.424**))
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