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((**Es10.885**) Ahora se está gestionando con la Sagrada Congregación de Propaganda Fide la apertura de casas y escuelas cristianas para los niños de la isla de Hong-Kong en China y se llegará a la definitiva conclusión tan pronto como la clemencia del benemérito Sumo Pontífice haya concedido el suspirado favor de la definitiva aprobación de esta Pía Sociedad Salesiana. JUAN BOSCO, Pbro. ((**It10.955**)) Siguen los números VII y VIII del apéndice, que contienen los dos ejemplares de las Constituciones aprobadas: el VII, tal v como fue remitido a la Sagrada Congregación de Obispos y Regulares; el VIII, tal y como fue impreso por la tipografía del Oratorio en 1874. Conviene recordar que el Padre Santo Pío IX, de venerada recordación, quería y apreciaba tanto a nuestro santo Fundador que repetidas veces le concedió vivo vocis oraculo (de viva voz) plena facultad para hacer sin más, prudentemente, cualquier cosa para la cual hubiera debido implorar explícita autorización de la Santa Sede, siempre que lo considerara útil o conveniente para promover la mayor gloria de Dios y la salvación de las almas. Por esto aun después de la aprobación de las Constituciones don Bosco continuó casi siempre admitiendo a los votos perpetuos, dispensando de los trienales, y también expidiendo las dimisorias para las Ordenes Mayores, incluso el Presbiterado, a varios Hermanos antes de emitir los votos perpetuos. Pero, amigo como era, de haccrlo todo de la mejor manera posible, hizo también leer y corregir las pruebas de las Constituciones, definitivamente aprobadas, por algunos de los nuestros y por otros valiosos latinistas para darles la mejor forma. Fueron muchas las correcciones, pero todas de lenguaje y de estilo. Y nosotros, para que el lector pueda cotejarlas más fácilmente, ponemos progresivamente frente por frente las páginas de los dos ejemplares: a mano izquierda las del ejemplar aprobado, y a la derecha la del corregido, poniendo en éste las correcciones y variantes en letra cursiva; y reproducimos también el facsímil de una hoja de las primeras pruebas de la primera edición (véanse págs. 894-895) y el trozo de otra (véanse págs. 908-909) con muchas correcciones de mano del Santo. NOTA.-La columna de la izquierda (VII) es copia de las Constituciones aprobadas, en latín. La de la derecha (VIII) es copia de la primera edición de las Constituciones aprobadas, en latín. En ellas van, en cursiva, las ligeras diferencias con la anterior. No repetimos aquí la traducción española, que ya aparece, con escasas mutaciones, a partir de la pág. 797. (**Es10.885**))
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