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((**Es10.441**) ((**It10.480**)) >>El modus vivendi más conforme con los principios de la Santa Sede sería el artículo 2. °, modificado de la siguiente manera: >>El Capítulo, la Curia, u otra autoridad competente envíen declaración al Procurador del Rey o a otra autoridad del Estado, de que en el Consistorio celebrado el día... el sacerdote... fue preconizado Obispo de..., y se expidió la correspondiente Bula con las fórmulas acostumbradas, o sencillamente la acostumbrada Bula. >>Se adoptaría esta última fórmula, pero el Ministerio desea ponerla en ejecución en las fiestas pascuales, si se celebran, o mejor en las de junio, cuando el Ministerio, libre de interpelaciones, podrá llevar a cabo su deseo sin temor. >>Lanza y De Falco (Ministro de Gracia y Justicia) aseguran que, si en la práctica de lo que arriba se expone fuere necesaria alguna modificación de palabras, se encontrará la mayor condescendencia. >>Lanza aseguró además que protegerá a todo trance los generalatos, a trueque de dimitir en su Ministerio en caso contrario; que estudiará la manera de resarcir a los Obispos de la dilación, ocasionada por la necesidad, para darles posesión de las temporalidades>>. El primer modus vivendi fue rechazado de plano por el Vaticano; se acariciaba la esperanza de poder lograr el primero de los otros tres. Así pues, si don Bosco no había alcanzado todavía la meta, había dado un paso de mucha importancia. Don Miguel Rúa no hizo, en las circulares a los directores, ninguna alusión explícita al trabajo llevado a cabo en aquellos días por el Santo, pero se refería claramente a él en las palabras con que cerraba la primera circular, pidiendo oraciones particulares para que el Señor acompañara a su fidelísimo Siervo en la santa empresa. <>Tal vez tengamos la gran suerte de volver a ver la próxima semana a nuestro querido don Bosco, que desea que se celebre ((**It10.481**)) una gran fiesta en honor de san José. Te advierto que ahora necesita epecialmente oraciones y comuniones>>. Las dos circulares de don Miguel Rúa, de las que nos quedan los borradores y el ejemplar enviado al Director del Colegio de Lanzo, están sin fecha. Sin embargo, se deduce claramente que la primera fue enviada en la primera semana de marzo y la segunda al comienzo (**Es10.441**))
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